” NEL Cabildo Insular de La Palma Destinatario: DESTILADERA S.L. CABILDO DE LA PALMA Dirección: CALLE BENAHOARE, 4 REGISTRO DE SALIDA 38710 BREÑA ALTA Fecha de registro: 02/05/2022 SANTA CRUZ DE TENERIFE Número de registro: 2022008711 Núm. notificación: CA/00000110/0001/000046651 NOTIFICACIÓN Por medio del presente escrito le comunico que el/la Sr./Sra. Consejero/a ha dictado la siguiente: RESOLUCIÓN 2022/3886 de fecha 29/04/2022 Visto el expediente referenciado y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES Visto el expediente administrativo relativo a las BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN POR ESTE EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DE INICIATIVA SOCIAL CON CARÁCTER PÚBLICO QUE REALICEN SERVICIOS DE AJUSTE PERSONAL Y SOCIAL, aprobadas mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del Excmo Cabildo Insular de La Palma en Sesión Ordinaria celebrada el día 04 de junio de 2021, así como por Comisión del Pleno de Acción Social, Igualdad, Diversidad y Juventud celebrada el 18 de junio de 2021, por delegación de atribuciones de dicho órgano conforme al acuerdo plenario adoptado en sesión extraordinaria celebrada el 26 de abril de 2018, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de T enerife número 78, de fecha 30 de junio de 2021. Visto que mediante Resolución número 2022/754, de fecha 08 de febrero de 2 . 022 se aprueba la CONVOCATOR A PAR AR ¡RACTER PUBLI( O QU RV UN Pp SO U ándose dicha Resolución en el Boletín Oficial de La Provincia número 18, de 11 de febrero 78 202 2. Visto que la Comisión de Valoración, reunida al efecto el día 06 de abril de 2022 a los efectos de evaluar los proyectos presentados dentro de la CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN POR ESTE EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DE INICIATIVA SOCIAL CON Página 1 de 8 Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado Código de verificación electrónica: 141565154322 06004077 está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. 7] https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ oo ps —__—_—_—_—_—_—__————————>>>>———— CARÁCTER PÚBLICO QUE REALICEN SERVICIOS DE AJUSTE PERSONAL Y SOCIAL PARA EL AÑO 2022, ha efectuado la valoración de la solicitud admitida que cumple con todos los requisitos establecidos en la Convocatoria, conforme a los criterios de selección establecidos en las Bases Reguladoras, y visto que únicamente se presenta una única entidad a la convocatoria pública y dado que no existe por tanto concurrencia entre distintas entidades, se propone conceder el 100 por 100 del importe solicitado a la única entidad participante: ENTIDAD NOBRE CANTIDAD CANTIDAD PROYECTO SOLICITADA | CONCEDIDA B38500765 ATENCION 50.000,00€ INTEGRAL A PERSONAS CON DISCAPACIDAD. DESTILADERA 2022 | La Base Reguladora 11 establece que la Resolución definitiva, incluirá dentro de su contenido, como mínimo, los siguientes aspectos: Relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención. Denominación del Proyecto Cuantía solicitada. Cuantía obtenida. Puntuación obtenida. Importe total. Forma de abono. Plazo de justificación. Forma de justificación Las entidades solicitantes que hubieran aceptado la resolución provisional no tendrán que presentar nueva aceptación, siempre y cuando no se altere la cantidad económica recibida. En el supuesto que tras realizar la evaluación de los proyectos a través de la Comisión de Valoración, las cantidades a conceder propuestas en cualquiera de las líneas coincidan íntegramente con las solicitadas por la totalidad de las entidades, podrá emitirse directamente Resolución definitiva sin que sea necesario realizar el trámite de Propuesta de Resolución provisional y aceptación. El procedimiento de subvenciones será resuelto por el órgano competente de la Corporación Insular, de conformidad con lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto para cada ejercicio económico. Página 2 de 8 abildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 14156515432206004077 ES https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ Visto que la Convocatoria pública establece un importe del crédito total de CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 231.480.00 “SUBV. CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DE INICIATIVA SOCIAL” del presupuesto 2022 de este Excmo. Cabildo Insular de La Palma, con ARC n* de o peración: 12022000009632, por importe de CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €). Visto que se ha acreditado en el expediente que las entidades beneficiarias de la subvención cumplen en el día de la fecha con lo dispuesto en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no estando incursas en ninguna de las circunstancias que le imposibilitan ser beneficiaria de la misma, obrando en el expediente administrativo certificados de estar al corriente con sus obligaciones tributarias y la Seguridad Social. Visto que mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma de fecha 28 de enero de 2022 se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2022, incluyendo dentro del apartado 9 relativo a la Consejería de Acción Social el apartado 9.1 relativo a transferencias corrientes, contando con la línea 4, denominada GASTOS CORRIENTES DIRIGIDOS A PERSONAS FÍSICAS O ENTIDADES FAVORECEDORAS DE LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS CON VULNERABILIDAD SOCIAL, tratándose la convocatoria objeto de esta Resolución de una de las comprendidas dentro de la referida línea, dando por tanto cumplimiento Subvenciones. a lo establecido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Visto que el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento, según dicta la Convocatoria pública, es de SEIS MESES, a partir del día si para la presentación de solicitudes. guiente de la finalización del plazo FUNDAMENTOS Visto que los artículos 9.2 y 93 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión y que tendrán que publicarse en el diario oficial correspondiente. Por todo ello, de conformidad con el artículo 65 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, el artículo 20 de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Cor artículo 21 del Reglamento Org ánico de Gobiern poración, y en uso de las atribuciones que me confiere el o, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma aprobado de finitivamente por acuerdo plenario de 30 de enero de 2018, la Base 27.12 de Ejecución del vigente presupuesto para el ejercicio 2020, el Art 185 del Real Decreto Legislati vo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el De creto de la Presidencia n* 2019/5005, de 02 de agosto de 2019, de designación de miembr o corporativo titular del Ár ea De Acción Social, Igualdad, Diversidad y Juventud, que tendrá la consideración de órgano de sconcentrado. Página 3 de 8 abildo Insular de La Palma. El registro realizado Código de verificación electrónica: 141565154322 06004077 está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. E https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ A es A a A Considerando la propuesta emitida por el Servicios Sociales de este Cabildo, RESUELVO Primero.- Que obtenga la condición de beneficiario de la CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN POR ESTE EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DE INICIATIVA SOCIAL CON CARÁCTER PÚBLICO QUE REALICEN SERVICIOS DE AJUSTE PERSONAL Y SOCIAL PARA EL AÑO 2022, la entidad que a continuación se relaciona: ENTIDAD cir NOBRE FECHA SOLIC N*RGTRO. € SOLICITADOS OYEC CEE DESTILADERA B38500765 ATENCION 18/02/2022 2022005092 50.000,00€ S.L.U INTEGRAL A PERSONAS CON DISCAPACIDAD DESTILADERA 2022 Segundo.- Disponer el gasto, reconocer y liquidar la obligación por la cantidad de 50.000,00 favor de las entidades descritas en el párrafo anterior, en calidad de beneficiarios de las ayudas económicas que otorga el Excmo. Cabildo Insular de La Palma a centros especiales de empleo de iniciativa social con carácter público que realicen servicios de ajuste personal y social para el año 2022, que se detalla en el apartado primero de esta Resolución, por el importe y para la finalidad descrita en el citado apartado, con cargo a la aplicación presupuestaria 231.480.00 “SUBV CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DE INICIATIVA SOCIAL” del presupuesto 2022 de este Excmo. Cabildo Insular de La Palma, con ARC n* de operación: 12022000009632 por importe de CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €) Tercero.- Que se abone la ayuda económica de manera anticipada a la beneficiaria por haber sido acreditado en el expediente que carecen de crédito necesario para la ejecución de los proyectos subvencionados Cuarto.- La gestión de la subvención de ayudas económicas a la entidad beneficiaria se efectuará con arreglo a las siguientes condiciones a) NORMATIVA APLICABLE: Bases Reguladoras y Convocatoria Pública para la concesión por este Excmo. Cabildo Insular de La Palma de ayudas económicas que otorga el Excmo Cabildo Insular de La Palma a centros especiales de empleo de iniciativa social con carácter público que realicen servicios de ajuste personal y social para el año 2022, Ley 38/2003 General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Cabildo Insular de La Palma y Bases de Ejecución del vigente Presupuesto General de la Corporación b) OBJETO DE LA SUBVENCIÓN: El objeto consistirá en la regulación del régimen, criterios procedimiento de solicitud tramitación concesión cobro y justificación de las subvenciones que otorga el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, en régimen de Página 4 de 8 abildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015 Código de verificación electrónica: 14156515432206004077 ME https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/vatlidacion/ concurrencia competitiva, destinados a financiar proyectos que contemplen servicios de ajuste personal y social realicen centros especiales de empleo de iniciativa social con carácter público. Las subvenciones que se otorguen al amparo de las presentes bases reguladoras serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que hayan obtenido o puedan obtener los centros especiales de empleo de iniciativa social con carácter público solicitantes para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Sin embargo, el importe de dichas subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras, supere el coste de la actividad subvencionada. La entidad beneficiaria de una subvención objeto de estas bases estará obligada a comunicar la concesión de otros ingresos, recursos o subvenciones que tengan la misma finalidad al Excmo. Cabildo Insular de La Palma. La subvención tendrá como finalidad fomentar los servicios de ajuste personal y social, los de rehabilitación, terapéuticos, integración social, cultural y deportivos que procuren al trabajador con discapacidad del Centro Especial de Empleo una mayor rehabilitación personal y una mejor adaptación de su relación social. Así como las acciones relativas a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de estos servicios a las personas con discapacidad de especial dificultad contratadas en los centros especiales de empleo. c) ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES: Las las Bases Reguladoras, se ha que cumpliendo los requisitos establecidos en yan solicitado por cada beneficiaria en la Convocatoria de la subvención descrita. d) PLAZO DE REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD: S diciembre de 2022. erá desde el 01 de enero hasta el 31 de e) PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: Será hasta el 01 de marzo de 2023 (incluido). 1) FORMA DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN: La justificación de la subvención se realizará conforme a lo establecido en la base decimocua esta subvención. ría de las Bases Reguladoras de Una vez notificada la Resolución de concesión, de la subvención concedida. se procederá al abono anticipado del importe total El plazo máximo para la realización de la actividad objeto de la subvención será el propuesto en la solicitud, sin que sea superior al señalado en est as bases (desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre). concesión. La subvención otorgada deberá justificarse hasta el 01 de marzo del año siguiente al de la La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y la consecución de los objetivos previstos, la realización de la actividad subvencionada y el cumplimiento de la finalidad de la subvención, deberá contener la siguiente documentación: Una cuenta justificativa de la subvención, que comprenderá: Página 5 de 8 Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está Código de verificación electrónica: 1415651543220600 4077 amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. ] https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ A nn e a A a) Certificado emitido por el órgano encargado de la fiscalización de fondos según Anexo vi. b) Una memoria técnica justificativa de la subvención concedida y explicativa de las actuaciones realizadas según Anexo VII. Dicha memoria deberá estar firmada y sellada por el/la representante de la entidad. La no justificación, la justificación incorrecta, la utilización de los fondos para finalidades diferentes a las establecidas en esta Resolución o el incumplimiento por parte de la Plataforma de los requisitos pactados darán lugar a la obligación de reintegrar las cantidades correspondientes. Cuando las actividades hayan sido financiadas además de con la subvención de este Excmo. Cabildo, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas, de forma que en ningún caso los ingresos obtenidos podrán ser superiores al coste de la actividad subvencionada. A los efectos del ejercicio de la función de control financiero de la subvención concedida, la entidad beneficiaria tendrá a disposición del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, a partir del día siguiente a la finalización del plazo para presentar la correspondiente justificación a esta subvención, la documentación justificativa del coste total del proyecto, de los ingresos/aportaciones que financiaron el coste total, así como de cualquier tipo de documentación que sea necesaria para contrastar la evidencia de las manifestaciones realizadas en la memoria explicativa, y que fuese tenida en cuenta para efectuar la valoración de las solicitudes, pudiendo requerirse por parte de esta Corporación Insular a que sea presentada en cualquier momento. La documentación justificativa a la que alude el párrafo anterior comprenderá: 1 Ficha de gasto de personal (Se adjunta modelo como Anexo VIII). 2 Copia compulsada de los contratos de trabajo. Copia compulsada de las nóminas y sus comprobantes de pago (orden de transferencia y extracto bancario que refleje la operación). Copia compulsada de los Modelos 111 originales de las retenciones practicadas y sus comprobantes de pago (extracto bancario que refleje la operación). Copia compulsada del Modelo 190, de las hojas donde conste su presentación en Agencia Tributaria y de aquellas donde consten los trabajadores. Copia compulsada del TC1 y TC2 de cotizaciones a la Seguridad Social y sus comprobantes de pago (extracto bancario que refleje la operación). El TC2 deberá estar firmado por el titular de la autorización. Documento emitido por entidad financiera en la que conste el nombre del titular de la cuenta/s con cargo a la cual se abonaron los gastos de personal. Página 6 de 8 Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. Código de verificación electrónica: 14156515432206004077 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ 8. Declaración responsable en la que se haga constar que no se ha concertado la ejecución total o parcial de la actividad subvencionada con ninguna persona o entidad vinculada con el beneficiario, salvo que se haya obtenido autorización expresa del órgano concedente. Si se percibiesen otras ayudas, subvenciones, ingresos O recursos, procedente de cualesquiera Administraciones, o entes deberá aportarse públicos o p rivados para el desarrollo del proyecto, comprobante documental de cada una (copia de la notificación/comunicación de la entidad concedente, del boletín oficial publicado, etc.) y copia del in donde se haya datos de la entidad beneficia greso bancario de los mismos, en el que se identifiquen los ria, de la concedent e, la fecha, el concepto y el importe, así como cualquier otro dato necesario para la c omprobación de la procedencia de los mismos. Los anexos VI, VII y VIII podrán requerirse, además, en formato Word y/o Excel. ” A Q——— — — o ——_ Cuando la entidad beneficiaria de la subvención ponga de manifiesto en la justificación que se han producido alteraciones de las condiciones tenidas en c uenta para la concesión de la misma, el órgano concedente de la subvención podrá aceptar la j concurran las siguientes circunstancias: ustificación presentada, siempre y cuando l La entidad beneficiaria hubiera solicitado la a probación de la variación dentro del plazo para la realización de la actividad antes del 01 de diciembre. u Las variaciones efectuadas no alteren esencialment subvención. e la naturaleza u objetivos de la til. Su aceptación no suponga dañar derechos de terceros. 9) OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIA RIOS: las descritas en la base decimotercera de las Bases Reguladoras. n) PUBLICIDAD: Las entidades beneficiari realice, a través de cual os harán constar en cuanta publicidad y difusión se quier medio, ya sea impreso, gráfico, audiovisual u otros que se trata de una actividad financiada o, en su caso, cofinan de La Palma debiendo ciada por el Excmo. Cabildo Insular descargar el modelo de lo aparecer el escudo o logotipo de la Corporación. Se podrá gotipo en la página web del Excmo. Cabi Ido Insular de La Palma: http://www.cabildodelapal ma.es. 1) COMPATIBILIDAD DE LAS SUBVENCI ONES: Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos O recursos para la misma fi nalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o ent es públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internaciona les. j) REGIMEN DE GARANTÍAS: Las entidades ben eficiarias quedan exentas de prestación de garantías, fundamentado en el carácter no | ucrativo de las mismas y que desarrollan proyectos o programas de acción social. k) PAGO DE LAS SUBVENCIONES: El im pago por anticipado, con motivo de la res porte de las subvenciones se librará en un solo 1) olución de la subvención. REINTEGRO: Se procederá al reintegro total o parcial de las cantidades percibidas en los supuestos de incumplimiento de la oblig medidas de difusión y del incumplimient ación de justificar, justificación insuficiente, de las o total o parcial del ob jeto, actividad o proyecto que fundamentó la concesión de la subvenc ión. m) MODIFICACIÓN DE LAS RESOLUCIONES DE CONCESIÓN: Se actuará conforme a lo establecido en la base vigésima de las Bases Reguladoras de esta subvención. La Página 7 de 8 Cabildo Insular de La Palma. El registro ódigo de verificación electrónica: 141 realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015. JE 56515432206004077 htt s//sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion/ en en cm a a A arc o pr solicitud de modificación de ayudas otorgadas habrá de formularse antes de que finalice el plazo de realización de la actividad o conducta para la cual se solicitó la subvención. Quinto.- Notifíquese la presente Resolución a los interesados a los efectos oportunos. Asimismo de la presente Resolución se dará cuenta al Sr. Interventor de Fondos, a sus efectos. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada ante el Presidente de la Corporación, de conformidad con el artículo 101 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento de este Excmo. Cabildo Insular y, en concordancia con los artículos 83 y 84 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 122 y 30.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, el interesado podrá ejercitar cualquier otro que estime oportuno en defensa de sus derechos. Firmado electrónicamente el día 02/05/2022 a las 11:56:47 por MARIA NIEVES PEREZ PEREZ Página 8 de 8 Cabildo Insular de La Palma. El registro realizado está amparado en el Artículo 16 de la Ley 39/2015, Código de verificación electrónica: 14156515432206004077 https://sedeelectronica.cabildodelapalma.es/validacion!