Contrato prestación de servicios FUNDACIÓN CANARIA TABURIENTE ESPECIAL - FUNCATAES Contrato de arrendamiento de servicios En Los Llanos de Aridane a 09 de octubre de 2023 REUNIDOS: De una parte, Don Isidro Félix Concepción Rodríguez, mayor de edad, con D.N.I. 42.178.758-R, domiciliado a efectos de este contrato en C/Benahoare, 4. San Pedro, en Breña Alta, en su calidad de Gerente del Centro Especial de Empleo Destiladera, S.L.U., con domicilio en c/Benahoare, 4 y C.I.F.: B-38500765, en adelante, la parte arrendadora. Y de otra parte, Doña Julia del Carmen Armas García, con NIF 42147575-Y, mayor de edad, con D.N.I.: 41.147.575-Y, domiciliada a efectos de este contrato en c/ Tabaiba, Nº 23, en Los Llanos de Aridane, en su calidad de Presidenta de la entidad Fundación Canaria Taburiente Especial (FUNCATAES) con domicilio en c/Tabaiba, 23, y C.I.F.: G-38957908, en adelante, la parte arrendataria. Y estando interesada Doña Julia del Carmen Armas García, actuando en el nombre y representación que ha quedado especificada, en contratar los servicios de la entidad mercantil. Destiladera, S.L.U. para el desarrollo de las actividades de limpieza necesarias para el mantenimiento de las instalaciones de FUNCATAES para llevar a cabo el Proyecto de Autonomía Personal para Menores en c/ Francisco Monroy Vega, 14. Bajo, Santa Cruz de La Palma, en las adecuadas condiciones higiénicas, y estando ambas partes debidamente facultadas para actuar, según acreditan, y reconociéndose recíprocamente plena legitimidad y capacidad para suscribir, obligarse y formalizar el presente contrato de arrendamiento de servicios, EXPONEN: I. Que Doña Julia del Carmen Armas García es la presidenta de la entidad FUNCATAES, sita en c/ Tabaiba, 23 de Los Llanos de Aridane, y actuando en calidad de tal, está interesada en llevar a cabo la limpieza del local donde la entidad está desarrollando su actividad en el municipio de Santa Cruz de La Palma. II. Que Don Isidro Félix Concepción Rodríguez, en su condición de Gerente del Centro Destiladera, S.L.U., está interesado en llevar a cabo dicho servicio y para ello cuenta con los medios materiales y humanos necesarios para que dicho servicio se lleve a cabo de la forma más adecuada a los intereses de ambas partes. III. Y que, estando interesada la parte arrendataria en contratar los servicios de la arrendadora, celebran para ello el presente contrato de arrendamiento de servicios, con arreglo a las siguientes FUNDACIÓN CANARIA TABURIENTE ESPECIAL - FUNCATAES CIF: G 38957908. Registro de Fundaciones: 256 Tel.: 922 46 04 05. E-mail: fundaciontaburiente@funcataes.org C/Tabaiba, 23. Jarra Canaria. C.P. 38760. Los Llanos de Aridane. La Palma – Canarias. Web: https://funcataes.org/ Contrato prestación de servicios FUNDACIÓN CANARIA TABURIENTE ESPECIAL - FUNCATAES CLÁUSULAS: PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO. Constituye el objeto del presente contrato la prestación por parte de la entidad Destiladera, S.L.U. de los servicios de limpieza de todas y cada una de las dependencias donde la entidad FUNCATAES lleva a cabo sus actividades del Proyecto de Promoción de la Autonomía Personal Menores en el local sito en c/ Francisco Monroy Vega, 14 de Santa Cruz de La Palma y entre otros servicios se encuentran específicamente los siguientes: ❖ Barrido y fregado del piso de todas las habitaciones de las instalaciones utilizadas por FUNCATAES. ❖ Limpieza de todas las piezas de los baños existentes en las citadas instalaciones, así como la reposición del papel higiénico y de manos. ❖ Recogida y vaciado de todas las papeleras existentes. ❖ Limpieza de todo el mobiliario de las instalaciones donde se desarrollan los proyectos de la entidad. SEGUNDA.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y MATERIALES. Los servicios objeto del presente contrato serán realizados en el local de SPAP Menores de Santa Cruz de La Palma. Será la parte arrendataria la que aporte el material, útiles y productos de limpieza, así como cualquier otro material fungible necesario para el adecuado mantenimiento de las instalaciones en perfectas condiciones de salubridad como podría ser friegasuelos, lejía, papel higiénico, seca manos, toallas, etc. Si bien, en este último caso la obligación de la parte arrendataria tan solo sería la sustitución y no el lavado de las mismas. La arrendadora no se hará responsable de las posibles averías, desperfectos y/o pérdidas que eventualmente pudieran acaecer en dicho mobiliario, material y útiles de la parte arrendataria. TERCERA.- FORMA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. A los solos efectos de organización interna de ambas partes, las mismas acuerdan que los servicios de limpieza llevadas a cabo por la mercantil Destiladera, S.L.U. sean prestados de la siguiente forma: Proyecto: Proyecto de Promoción de Autonomía Personal Menores. Duración: 16 horas semanales (4 horas diarias) Días: lunes a jueves. FUNDACIÓN CANARIA TABURIENTE ESPECIAL - FUNCATAES CIF: G 38957908. Registro de Fundaciones: 256 Tel.: 922 46 04 05. E-mail: fundaciontaburiente@funcataes.org C/Tabaiba, 23. Jarra Canaria. C.P. 38760. Los Llanos de Aridane. La Palma – Canarias. Web: https://funcataes.org/ Contrato prestación de servicios FUNDACIÓN CANARIA TABURIENTE ESPECIAL - FUNCATAES Ambas pactan, no obstante, que los anteriores extremos pueden ser modificados en función de las necesidades de las mismas y del avance de los proyectos que se están desarrollando por parte de la entidad arrendataria en los respectivos locales. Todos aquellos días que sean cancelados por la parte arrendataria y el servicio de Destiladera S.L.U no se lleve a cabo, serán considerados como días laborables a efectos de abono de la pres- tación del servicio, y por ello, deben ser remunerados igualmente. CUARTA.- CONTRAPRESTACIÓN ECONÓMICA. Se pacta por ambas partes que los precios a facturar por los servicios prestados quedan como sigue: PRECIO HORA: 7,86 euros más I.G.I.C. (que en la actualidad es del 7%) A partir del mes de noviembre el precio de la hora pasará a ser de 9 euros (susceptible de variar en función del incremento en los costes de la empresa arrendadora del servicio). El precio se calcula en función de horas, días y operario, pero en el caso que la entidad FUNCATAES necesitase un aumento del servicio o bien en horas o en operarios, el importe del precio será proporcional al aumento del servicio. QUINTA.- PAGO DE LAS FACTURAS. La factura definitiva deberá emitirla la entidad mercantil Destiladera, S.L.U. de forma mensual y enviarla a la Fundación FUNCATAES para que proceda al pago de la misma. Dicha facturación se llevará a cabo de forma mensual especificando en la misma los servicios realizados en el citado mes. El pago de las facturas se satisfará contra factura presentada a tales efectos por Destiladera, S.L.U., debiendo ser abonada, como máximo, en el plazo de diez (10) días siguientes a la recepción de las mismas, mediante transferencia bancaria, a la cuenta con IBAN: ES33 2100 7107 4522 0006 2693 de la que es titular la mercantil Destiladera, S.L.U. SEXTA.- DURACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato entrará en vigor en la fecha señalada en el encabezamiento y mantendrá su vigencia durante un período de doce (12) meses, pudiendo prorrogarse por acuerdo expreso de ambas partes, por el periodo que en cada caso se acuerde. Sin perjuicio de lo anterior, cualquiera de las partes podrá resolver el contrato en cualquier momento posterior a la firma del mismo, mediante preaviso por escrito a la otra parte con una antelación mínima de sesenta (60 días). SÉPTIMA.- OBLIGACIONES FISCALES Y EN MATERIAL DE SEGURIDAD SOCIAL. FUNDACIÓN CANARIA TABURIENTE ESPECIAL - FUNCATAES CIF: G 38957908. Registro de Fundaciones: 256 Tel.: 922 46 04 05. E-mail: fundaciontaburiente@funcataes.org C/Tabaiba, 23. Jarra Canaria. C.P. 38760. Los Llanos de Aridane. La Palma – Canarias. Web: https://funcataes.org/ Contrato prestación de servicios FUNDACIÓN CANARIA TABURIENTE ESPECIAL - FUNCATAES La arrendataria manifiesta encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales y en materia de Seguridad Social y, a tales efectos, aporta las correspondientes certificaciones de estar al corriente, emitidas tanto por la Seguridad Social como por la Administración Tributaria, y se compromete a proceder a su renovación en cada prórroga del contrato que tenga lugar. Asimismo, la arrendataria asume la responsabilidad plena para el pago de cuantas obligaciones se deriven de las relaciones de trabajo que tenga establecidas con el personal que desempeñe los servicios contratados. OCTAVA.- CESIÓN DE CONTRATO. Ninguna de las partes podrá transferir o ceder de cualquier forma sus derechos u obligaciones en virtud del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra parte. NOVENA.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS. Cada una de las partes tratará la información derivada de la celebración del presente contrato, y aquella a la que tenga acceso con motivo de la firma del mismo, con la máxima confidencialidad, no pudiendo revelarla a ninguna tercera persona o entidad sin el consentimiento por escrito de la otra parte, salvo en aquellos casos en que dicha revelación venga impuesta por una norma o una resolución judicial o administrativa. Ambas partes, además, se comprometen expresamente a mantener el más estricto cumplimiento de las normas éticas y deontológicas de su actividad. DÉCIMA.- RESPONSABILIDAD. Cada una de las partes será responsable frente a la otra, y estará obligada a indemnizarla, por los daños y perjuicios que pudiera causar con motivo del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas en virtud de este contrato. Ninguna de las partes será responsable por ningún incumplimiento de sus obligaciones provocado por causas de fuerza mayor o circunstancias que estén fuera de su control razonable. UNDÉCIMA.- NULIDAD DE CLÁUSULAS Y VALIDEZ DEL CONTRATO. Si cualquier cláusula del presente contrato fuera nula, en su totalidad o en parte, dicha cláusula, o dicha parte de la misma, se considerará excluida del mismo; la ejecución del resto del contrato no se verá afectada. DUODÉCIMA.- LEY APLICABLE Y FUERO JURISDICCIONAL. El presente contrato será sometido, en cuanto a su régimen jurídico se refiere, a lo previsto para el arrendamiento de servicios, de conformidad a lo pactado y a lo establecido en los artículos 1544 y 1583 y siguientes del Código Civil. FUNDACIÓN CANARIA TABURIENTE ESPECIAL - FUNCATAES CIF: G 38957908. Registro de Fundaciones: 256 Tel.: 922 46 04 05. E-mail: fundaciontaburiente@funcataes.org C/Tabaiba, 23. Jarra Canaria. C.P. 38760. Los Llanos de Aridane. La Palma – Canarias. Web: https://funcataes.org/ Contrato prestación de servicios FUNDACIÓN CANARIA TABURIENTE ESPECIAL - FUNCATAES En caso de disconformidad de la parte arrendadora con la actuación de la arrendataria por entender incumplidas las obligaciones que se derivan del presente contrato, podrá ejercitar las acciones judiciales que le asistan. Para cualquier reclamación, tanto por la parte arrendadora como por la arrendataria a consecuencia de este contrato, ambas partes, con renuncia al fuero que le sea propio, se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Santa Cruz de La Palma. Y en prueba de conformidad con lo que antecede, las partes firma dos ejemplares del presente contrato, a un solo efecto, rubricando todas sus hojas, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. POR LA PARTE ARRENDADORA, LA ARRENDATARIA, CONCEPCION RODRIGUEZ ISIDRO FELIX - 42178758R Firmado digitalmente por CONCEPCION RODRIGUEZ ISIDRO FELIX - 42178758R Fecha: 2023.12.04 14:11:25 Z Isidro Félix Concepción Rodríguez Julia del Carmen Armas García Gerente del Centro Destiladera Presidenta FUNDACIÓN CANARIA TABURIENTE ESPECIAL - FUNCATAES CIF: G 38957908. Registro de Fundaciones: 256 Tel.: 922 46 04 05. E-mail: fundaciontaburiente@funcataes.org C/Tabaiba, 23. Jarra Canaria. C.P. 38760. Los Llanos de Aridane. La Palma – Canarias. Web: https://funcataes.org/ 42147575Y JULIA DEL CARMEN ARMAS (R: G38957908) Firmado digitalmente por 42147575Y JULIA DEL CARMEN ARMAS (R: G38957908)