JUANA ESTHER RODRIGUEZ GONZALEZ (1 de 1) SECRETARIA ACCIDENTAL: HASH: a47b63dfe396 12ebd8a3d7c624d8005F AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BRENA ALTA NOTIFICACIÓ Mediante la presente se le notifica la Resolución de Alcaldía n° 1446, de fecha 27 de noviembre de 2025, dictada por el Sr. Alcalde, D. Jonathan De Felipe Lorenzo, cuyo tenor es el siguiente: “DECRETO: PRÓRROGA DEL CONTRATO DE SERVICIO DE “DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE APLICACIONES INFORMÁTICAS DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA” (CONTRATO RESERVADO) (EXPTE N° 5798/2024). Resultando que el contrato de servicio de “Desarrollo y mantenimiento de aplicaciones informáticas del Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta”, fue adjudicado a la empresa Destiladera SLU, con CIF n° B-38500765. Resultando que conforme al artículo 29 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el contrato podrá prever una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterables durante el período de duración de estas, que la misma será acordada por el órgano de contratación, sin que pueda producirse por consentimiento tácito de las partes. Resultando que conforme a la cláusula quinta de los pliegos de cláusulas administrativas particulares que rigen el contrato, se podrá acordar su prórroga por una anualidad. Visto que por el contratista se ha manifestado la voluntad de prorrogar el contrato referenciado. Vistos los informes de la Secretaría e Intervención municipal obrantes en el expediente. Considerando que durante la vigencia del contrato, no ha existido incumplimiento por el contratista que dé lugar a responsabilidad de éste o la imposición de penalidades por deficiencias en la ejecución, ni hay incurso causa de resolución. Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le están conferidas por la Disposición Adicional Segunda, apartado primero, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, RESUELVE: Primero.- Prorrogar el contrato de servicio de “DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE APLICACIONES INFORMÁTICAS DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE BREÑA ALTA”, a la empresa Destiladera SLU, con CIF n* B-38500765, y con domicilio en Calle Benahoare, 4, municipio de la Villa de Breña Alta, por un importe de 23.400,00€, ascendiendo el importe del IGIC a 1.638,00€. Siendo la duración de la prórroga hasta el 12 de diciembre de 2026. —_— Segundo.- La prórroga quedará sujeta a los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que rigen el contrato. Tercero.- Notificar la presente resolución al contratista. Cuarto.- Comunicar los datos básicos de la prórroga al Registro de Contratos del Sector Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 346 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público...” Lo que le traslado, para su conocimiento y efectos, comunicándole que la presente resolución pone fin al procedimiento y contra la misma podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de DOS meses a partir de su notificación, según disponen los artículo 46 y 8 de la Ley 29/98 de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa; y potestativamente el previo de reposición ante esta propia Alcaldía en plazo de UN MES, conforme a los artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que pudiera estimar más conveniente a su derecho (artículo 88 de la citada Ley 39/2015). Si opta por presentar el recurso de reposición antes enunciado, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el primero sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Villa de Breña Alta Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, Villa de Breña Alta. 38710 (Santa Cruz de Tenerife). Tfno. 922 437 009. Fax: 922 437 597 Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 2 o o g g S o jej jej g a Fl x E G El o Verificación: https://brenaalta.sedelectronica.es/